lunes, 16 de abril de 2012

Inversión colectiva, sicav’s y otras yerbas

Agustín Guillermo Turiel Martínez. ATTAC Castilla-León
Inspector de Hacienda del Estado.
 
El mundo de las instituciones de inversión colectiva es un pilar fundamental en el desarrollo del capitalismo financiero. El presente trabajo pretende alumbrar algunas de las cuestiones más discutibles de las medidas fiscales construidas para proteger estas instituciones.
 
¿De quiénes estamos hablando?
Las instituciones de inversión colectiva no nacen en el mundo fiscal sino en el financiero[1]; el sistema tributario lo que hace es dotarlas de un traje ignífugo para evitar que los impuestos las “achicharren”; todo ello en aras de favorecer la inversión nacional y con el miedo permanente a que si estas instituciones pagaran lo que en justicia deberían pagar, huirían a refugiarse a otras administraciones fiscales (la luxemburguesa es la “tierra prometida”) más compasivas con el capital financiero.
 
En esa mezcla de necesidad y chantaje, el sistema tributario beneficia a estas instituciones, básica pero no exclusivamente, con una reducción de tipos exagerada, respecto del resto de los mortales. Y digo no exclusivamente, porque también las normas prevén otra serie de beneficios, tanto en tributos como el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales, como en la tributación de los socios, lo que más tarde veremos. Con todo, la idea general (y correcta) es que los beneficios de estas instituciones tributan al 1%, mientras que los de las sociedades “productivas” lo hacen al 30%[2]. Normas contables distintas de las tributarias ya se encargan de que el beneficio sobre el que se tributa sea bastante menor que el beneficio realmente obtenido.....
 
 


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