Mientras Tanto.
Dos semanas después de la aprobación del RD-Ley 3/2012 —la 
contrarreforma laboral—, a nadie se le escapa la profundidad de su 
contenido y la trascendencia para el presente y futuro de las relaciones
 laborales y el movimiento obrero y sindical. Ello hace que sea 
necesario aproximarse no sólo al contenido del cambio normativo, sino al
 contexto en el que se ha producido, las justificaciones y objetivos que
 lo determinan, y los efectos que tendrá. 
De la reforma del capitalismo a las contrarreformas sociales. De la huelga del 29-S al II Acuerdo para la Negociación Colectiva
La
 profunda crisis que está atravesando el capitalismo llevó en los 
inicios de la misma al planteamiento desde sectores incluso 
conservadores, Sarkozy a la cabeza, de una pretendida necesidad de 
reformarlo. Ello, lejos de buscar la solución de problema alguno, 
suponía en la práctica intensificar la idea de que las causas de la 
crisis eran errores en el desarrollo del sistema pero no su fallo 
orgánico.
Aun así, lo que hemos encontrado no ha sido la reforma 
del capitalismo, sino la contrarreforma de los derechos sociales. Las 
instituciones de la Unión Europea, el FMI y el Banco Mundial dictan las 
políticas a desarrollar, siendo ciertamente simplistas en el ámbito de 
las relaciones laborales: rebajar los costes del trabajo. Idénticas 
medidas se solicitan para todos los estados, teniendo mayor o menor 
intensidad según la gravedad de la crisis y la realidad de su movimiento
 sindical....
 

 
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