Mientras Tanto.
Dos semanas después de la aprobación del RD-Ley 3/2012 —la
contrarreforma laboral—, a nadie se le escapa la profundidad de su
contenido y la trascendencia para el presente y futuro de las relaciones
laborales y el movimiento obrero y sindical. Ello hace que sea
necesario aproximarse no sólo al contenido del cambio normativo, sino al
contexto en el que se ha producido, las justificaciones y objetivos que
lo determinan, y los efectos que tendrá.
De la reforma del capitalismo a las contrarreformas sociales. De la huelga del 29-S al II Acuerdo para la Negociación Colectiva
La
profunda crisis que está atravesando el capitalismo llevó en los
inicios de la misma al planteamiento desde sectores incluso
conservadores, Sarkozy a la cabeza, de una pretendida necesidad de
reformarlo. Ello, lejos de buscar la solución de problema alguno,
suponía en la práctica intensificar la idea de que las causas de la
crisis eran errores en el desarrollo del sistema pero no su fallo
orgánico.
Aun así, lo que hemos encontrado no ha sido la reforma
del capitalismo, sino la contrarreforma de los derechos sociales. Las
instituciones de la Unión Europea, el FMI y el Banco Mundial dictan las
políticas a desarrollar, siendo ciertamente simplistas en el ámbito de
las relaciones laborales: rebajar los costes del trabajo. Idénticas
medidas se solicitan para todos los estados, teniendo mayor o menor
intensidad según la gravedad de la crisis y la realidad de su movimiento
sindical....
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