Comunicado de ATTAC Madrid
El
decreto-ley de medidas urgentes de protección de deudores hipotecarios
sin recursos invoca el artículo 47 de la Constitución —derecho a
disfrutar de una vivienda digna y adecuada— y recuerda la obligación
efectiva de las administraciones para legislar y gobernar conforme a los
mandatos de los derechos constitucionales. Sin embargo, ATTAC Madrid
constata que, por el contrario, esta norma no garantiza ese derecho
constitucional y permite que las administraciones deleguen
arbitrariamente su obligación de ejercer la tutela de este derecho a las
entidades financieras.
Para verter claridad sobre la falta de coincidencia entre la
exposición de motivos y el desarrollo del decreto-ley, en ATTAC Madrid
debemos puntualizar:
1. Los requisitos exigidos para poder ser
beneficiarios de las medidas son extremadamente restrictivos. El que
todos los miembros de la unidad familiar deban estar en paro o carezcan
de algún tipo de renta por actividad económica significa la exclusión
efectiva de una inmensa mayoría de ciudadanos, que, a pesar de no poder
hacer frente a sus deudas hipotecarias, están recibiendo algún tipo de
salario en tiempos en que los contratos laborales fomentados desde las
propias administraciones contemplan una precarización salarial. Es de
reseñar, además, la injusticia que se comete al dejar fuera del
decreto-ley a los cientos de miles de deudores que han sido desahuciados
en estos últimos años. Aquellos que, precisamente, con su lucha han
dado visibilidad a este enorme problema. Para ellos no hay ninguna
medida que palie la enorme deuda que mantiene de por vida.....
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