Comunicado de ATTAC Madrid
El
 decreto-ley de medidas urgentes de protección de deudores hipotecarios 
sin recursos invoca el artículo 47 de la Constitución —derecho a 
disfrutar de una vivienda digna y adecuada— y recuerda la obligación 
efectiva de las administraciones para legislar y gobernar conforme a los
 mandatos de los derechos constitucionales. Sin embargo, ATTAC Madrid 
constata que, por el contrario, esta norma no garantiza ese derecho 
constitucional y permite que las administraciones deleguen 
arbitrariamente su obligación de ejercer la tutela de este derecho a las
 entidades financieras.
Para verter claridad sobre la falta de coincidencia entre la 
exposición de motivos y el desarrollo del decreto-ley, en ATTAC Madrid 
debemos puntualizar:
1. Los requisitos exigidos para poder ser 
beneficiarios de las medidas son extremadamente restrictivos. El que 
todos los miembros de la unidad familiar deban estar en paro o carezcan 
de algún tipo de renta por actividad económica significa la exclusión 
efectiva de una inmensa mayoría de ciudadanos, que, a pesar de no poder 
hacer frente a sus deudas hipotecarias, están recibiendo algún tipo de 
salario en tiempos en que los contratos laborales fomentados desde las 
propias administraciones contemplan una precarización salarial. Es de 
reseñar, además, la injusticia que se comete al dejar fuera del 
decreto-ley a los cientos de miles de deudores que han sido desahuciados
 en estos últimos años. Aquellos que, precisamente, con su lucha han 
dado visibilidad a este enorme problema. Para ellos no hay ninguna 
medida que palie la enorme deuda que mantiene de por vida.....
 

 
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